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¿Cuándo es obligatorio VERI*FACTU?

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¿Cuándo es obligatorio VERI*FACTU?

La normativa VERI*FACTU se aplicará de forma progresiva. Según el Real Decreto-ley 15/2025, los plazos actualizados son los siguientes:

Calendario de implantación

Fecha Obligados
1 de enero de 2027 Sociedades (SL, SA y otras entidades jurídicas)
1 de julio de 2027 Autónomos y personas físicas

¿Quién está afectado?

Están obligados todos los empresarios y profesionales que utilicen software de facturación, independientemente de su tamaño o sector. Esto incluye:

  • Autónomos (personas físicas con actividad económica)
  • Sociedades limitadas (SL)
  • Sociedades anónimas (SA)
  • Comunidades de bienes y otras formas jurídicas
  • Profesionales que emitan facturas por sus servicios

¿Quién NO está obligado?

  • Quienes emitan facturas exclusivamente en papel (talonarios manuales), aunque esto es cada vez menos práctico
  • Empresas acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información), que ya tienen su propio sistema de reporte a la AEAT
  • Contribuyentes del País Vasco que operen bajo TicketBAI (sistema equivalente)

¿Qué pasa si no cumplo?

El uso de software que no cumpla con los requisitos de VERI*FACTU puede acarrear sanciones económicas tanto para el usuario como para el desarrollador del software. Las facturas emitidas con software no homologado podrían considerarse inválidas a efectos fiscales.

Facturian te cubre

Facturian ya implementa VERI*FACTU. No necesitas esperar a la fecha límite para empezar a emitir facturas conformes con la normativa.

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