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Modelo 111 casilla por casilla: guía completa de retenciones IRPF

Modelos fiscales2 de febrero de 202616 min de lectura
Modelo 111 casilla por casilla: guía completa de retenciones IRPF

Modelo 111 casilla por casilla: todas las retenciones de IRPF

Cómo rellenar cada apartado del formulario de retenciones e ingresos a cuenta.


El modelo 111 es la autoliquidación donde declaras e ingresas las retenciones de IRPF que has practicado a trabajadores, profesionales, y otros perceptores. Si contratas a un abogado, pagas a un diseñador freelance, o das premios en una promoción, este es el formulario que lo canaliza hacia Hacienda.

Este artículo recorre todas las casillas del modelo, explica qué dato va en cada una y muestra un caso con cifras reales. Si buscas una visión general del modelo (quién lo presenta, plazos, errores frecuentes), conviene leer primero Modelo 111: retenciones a profesionales.


Quién presenta el modelo 111

Están obligados a presentar el modelo 111:

  • Empresas y autónomos que pagan nóminas a empleados.
  • Empresas y autónomos que pagan facturas a profesionales (abogados, consultores, diseñadores, formadores, etc.) con retención.
  • Cualquier pagador que entrega premios sujetos a retención.
  • Pagadores de rendimientos forestales a propietarios de montes.
  • Entidades que pagan contraprestaciones por derechos de imagen.

Si no has practicado ninguna retención en el trimestre, no tienes obligación de presentar el modelo (salvo que estés dado de alta en el censo con obligación periódica, en cuyo caso puedes presentar declaración "negativa" o darte de baja).


Plazos de presentación

La periodicidad habitual es trimestral, aunque las grandes empresas (volumen de operaciones > 6.010.121,04 €) lo presentan mensualmente.

Trimestre Periodo Plazo
1T Enero - Marzo 1 al 20 de abril
2T Abril - Junio 1 al 20 de julio
3T Julio - Septiembre 1 al 20 de octubre
4T Octubre - Diciembre 1 al 20 de enero

Para presentación mensual, el plazo es del 1 al 20 del mes siguiente al periodo de liquidación.

Fuente: Calendario del Contribuyente - AEAT


Estructura del modelo 111

El modelo se organiza en cinco secciones principales, más un bloque de liquidación:

Sección Casillas Contenido
I. Rendimientos del trabajo 01 - 06 Nóminas y retribuciones en especie a empleados
II. Rendimientos de actividades económicas 07 - 12 Facturas de profesionales y empresarios
III. Premios por participación en juegos, concursos, rifas 13 - 18 Premios dinerarios y en especie
IV. Ganancias patrimoniales derivadas de aprovechamientos forestales 19 - 24 Rendimientos de montes vecinales
V. Contraprestaciones por derechos de imagen 25 - 27 Cesión de imagen (deportistas, artistas)
Liquidación 28 - 30 Suma total y resultado

Dentro de cada sección, las casillas siguen un patrón:

  • Casillas de número de perceptores
  • Casillas de base (importe dinerario o valor de lo entregado en especie)
  • Casillas de retención o ingreso a cuenta (el importe que ingresas)

Sección I: Rendimientos del trabajo (casillas 01-06)

Esta sección recoge las retenciones practicadas a empleados por sus nóminas y retribuciones.

Rendimientos dinerarios (casillas 01-03)

Casilla Descripción Qué incluir
01 Número de perceptores Trabajadores a los que has pagado nómina con retención en el trimestre
02 Importe de las percepciones Suma del salario bruto (antes de retenciones y SS) de todos los trabajadores
03 Importe de las retenciones Suma de las retenciones de IRPF practicadas en nóminas

Qué va en la casilla 02: La base sobre la que se calcula la retención, que normalmente es el salario bruto. No restes cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador; esas se deducen para calcular el porcentaje de retención, pero la base declarada es el importe íntegro.

Retribuciones en especie (casillas 04-06)

Casilla Descripción Qué incluir
04 Número de perceptores Trabajadores que han recibido retribución en especie
05 Valor de las percepciones Valoración fiscal de la retribución en especie
06 Importe de los ingresos a cuenta Ingreso a cuenta calculado sobre el valor anterior

Las retribuciones en especie más habituales son: uso de vehículo de empresa, vivienda, seguros médicos que excedan límites exentos, cestas de navidad, etc.

Cómo se valoran: Según las normas del art. 43 de la Ley del IRPF. Por ejemplo, el uso de vehículo se valora al 20% anual de su coste de adquisición (o valor de mercado si es de renting).


Sección II: Rendimientos de actividades económicas (casillas 07-12)

Aquí van las retenciones a profesionales y empresarios. Es la sección que más afecta a autónomos y pymes que contratan servicios externos.

Rendimientos dinerarios (casillas 07-09)

Casilla Descripción Qué incluir
07 Número de perceptores Profesionales/empresarios a los que has pagado facturas con retención
08 Importe de las percepciones Suma de las bases de retención (normalmente, base imponible de las facturas)
09 Importe de las retenciones Suma de las retenciones practicadas

Tipos de retención aplicables:

Tipo Supuesto Base legal
15% Profesionales (abogados, consultores, diseñadores, médicos, arquitectos...) Art. 95.1 RD 439/2007
7% Profesionales nuevos (año de inicio y los dos siguientes) Art. 95.1 párrafo 2º RD 439/2007
1% Actividades empresariales en módulos (estimación objetiva) Art. 95.6.2º RD 439/2007
2% Actividades agrícolas, ganaderas y forestales en módulos Art. 95.4 RD 439/2007
19% Propiedad intelectual cuando el perceptor no es el autor Art. 101.4 Ley 35/2006

Las actividades profesionales (sección 2ª del IAE) retienen siempre al 15% o 7%. El 1% solo aplica a actividades empresariales en módulos.

Retribuciones en especie (casillas 10-12)

Casilla Descripción Qué incluir
10 Número de perceptores Profesionales que han recibido pago en especie
11 Valor de las percepciones Valoración del pago en especie
12 Importe de los ingresos a cuenta Ingreso a cuenta correspondiente

Menos frecuente en la práctica. Podría aplicar si, por ejemplo, pagas a un consultor entregándole un ordenador además de dinero.


Sección III: Premios (casillas 13-18)

Esta sección recoge los premios derivados de juegos, concursos, rifas, sorteos, y apuestas que no estén exentos.

Premios dinerarios (casillas 13-15)

Casilla Descripción Qué incluir
13 Número de perceptores Personas que han recibido premios en metálico
14 Importe de las percepciones Valor de los premios entregados
15 Importe de las retenciones Retención practicada (normalmente 19%)

Premios en especie (casillas 16-18)

Casilla Descripción Qué incluir
16 Número de perceptores Personas que han recibido premios en especie
17 Valor de las percepciones Valor de mercado del premio
18 Importe de los ingresos a cuenta Ingreso a cuenta sobre el valor

Premios exentos: Los premios de las loterías del Estado, ONCE, Cruz Roja y sorteos autorizados están exentos hasta ciertos límites y no se declaran aquí.


Sección IV: Ganancias patrimoniales forestales (casillas 19-24)

Recoge las retenciones sobre ganancias derivadas de aprovechamientos forestales de vecinos en montes públicos.

Dinerarias (casillas 19-21)

Casilla Descripción
19 Número de perceptores
20 Importe de las percepciones
21 Importe de las retenciones

En especie (casillas 22-24)

Casilla Descripción
22 Número de perceptores
23 Valor de las percepciones
24 Importe de los ingresos a cuenta

Esta sección es muy específica y solo afecta a entidades que gestionan montes vecinales y reparten beneficios a los comuneros.


Sección V: Contraprestaciones por derechos de imagen (casillas 25-27)

Aplica cuando una entidad paga a otra (normalmente una sociedad intermediaria) por la cesión de derechos de imagen de una persona física vinculada. Habitual en deportistas y artistas.

Casilla Descripción
25 Número de personas físicas cuya imagen se cede
26 Importe de las contraprestaciones satisfechas
27 Importe del ingreso a cuenta

El ingreso a cuenta es del 19% sobre la contraprestación. La regulación se encuentra en el art. 92.8 de la Ley 35/2006.


Liquidación (casillas 28-30)

Aquí se calcula el resultado final del modelo.

Casilla Descripción Cálculo
28 Suma de retenciones e ingresos a cuenta 03 + 06 + 09 + 12 + 15 + 18 + 21 + 24 + 27
29 A deducir (solo en complementarias) Retenciones ya ingresadas en declaración anterior del mismo periodo
30 Resultado de la autoliquidación 28 - 29

Resultado positivo: Debes ingresar ese importe a Hacienda.

Resultado cero: No hay cantidad a ingresar (declaración sin cuota).

Resultado negativo: Solo puede ocurrir en complementarias si la declaración original tenía un importe mayor al correcto.


Un caso con cifras: factura de profesional con retención del 15%

Imaginemos que eres una pyme y has contratado a un diseñador gráfico freelance para un proyecto durante el 1T 2026.

Datos de la factura:

  • Concepto: Diseño de identidad corporativa
  • Base imponible: 2000 €
  • IVA (21%): 420 €
  • Retención IRPF (15%): -300 €
  • Total factura: 2120 €

Cómo queda el modelo 111:

El diseñador es un profesional (actividad de la sección 2ª del IAE), por lo que sus datos van en la Sección II.

Casilla Valor Explicación
07 1 Un perceptor (el diseñador)
08 2000 Base de la retención (la base imponible de la factura)
09 300 Retención del 15% sobre 2000 €
28 300 Total retenciones (solo hay una)
29 0 No es complementaria
30 300 A ingresar

Nota importante: La retención se calcula sobre la base imponible (2000 €), no sobre el total con IVA. Este es un error frecuente.


Caso ampliado: varios perceptores en el trimestre

Supongamos que en el mismo trimestre has pagado:

  1. Nómina de un empleado:

    • Salario bruto: 3000 €
    • Retención IRPF (18%): 540 €
  2. Factura de abogado:

    • Base: 1500 €
    • Retención (15%): 225 €
  3. Factura de diseñador (nuevo autónomo, aplica 7%):

    • Base: 2000 €
    • Retención (7%): 140 €
  4. Premio en sorteo de empresa:

    • Valor: 500 €
    • Retención (19%): 95 €

Modelo 111 del trimestre:

Casilla Valor Concepto
01 1 1 empleado
02 3000 Salario bruto
03 540 Retención nómina
07 2 2 profesionales (abogado + diseñador)
08 3500 Bases profesionales (1500 + 2000)
09 365 Retenciones profesionales (225 + 140)
13 1 1 ganador del sorteo
14 500 Valor del premio
15 95 Retención premio
28 1000 Total: 540 + 365 + 95
29 0 No es complementaria
30 1000 A ingresar

Errores frecuentes al rellenar el modelo 111

1. Calcular la retención sobre el total con IVA

La retención a profesionales se aplica sobre la base imponible, no sobre el importe total de la factura. Si una factura tiene base 1000 € e IVA 210 €, la retención del 15% es 150 € (no 181,50 €).

2. Confundir modelo 111 con modelo 115

  • Modelo 111: Retenciones a trabajadores, profesionales, premios.
  • Modelo 115: Retenciones sobre alquileres de inmuebles.

Si pagas un alquiler de local, eso va al 115, no al 111.

3. Olvidar facturas rectificativas

Si has emitido o recibido una factura rectificativa que modifica una retención, debes ajustar los importes en el modelo 111 del trimestre correspondiente.

4. No cuadrar con el modelo 190

El modelo 190 es el resumen anual de retenciones. La suma de los cuatro modelos 111 trimestrales debe coincidir con el 190. Conviene verificar esto antes de presentar el resumen anual.

5. Aplicar el tipo incorrecto a profesionales nuevos

El 7% solo aplica durante el año de inicio de actividad y los dos siguientes. A partir del cuarto año, el profesional debe aplicar el 15%. Verifica que el profesional te ha indicado correctamente su situación.

6. Declarar actividades empresariales como profesionales

Las actividades de la sección 1ª del IAE (empresariales) tienen un régimen distinto. Si pagan un empresario en módulos que les factura con retención del 1%, esa retención también va en la Sección II, pero el tipo es diferente al de los profesionales.

7. Presentar fuera de plazo

Las retenciones son dinero que has retenido a terceros. Si ingresas tarde, pagas recargos e intereses. Los plazos son estrictos: hasta el día 20 del mes siguiente al trimestre.


Cómo presentar el modelo 111 en la Sede AEAT

  1. Accede a la Sede Electrónica: sede.agenciatributaria.gob.es

  2. Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

  3. Busca el modelo 111 en: Todas las gestiones → Impuestos y tasas → Pagos a cuenta → Modelo 111

  4. Selecciona ejercicio y periodo: Por ejemplo, 2026 - 1T.

  5. Cumplimenta las casillas con los datos de tu contabilidad.

  6. Revisa el borrador antes de confirmar.

  7. Presenta y guarda el justificante con el CSV de verificación.

  8. Domicilia o paga: Si hay cuota a ingresar, puedes domiciliar el pago (hasta 5 días antes del vencimiento) o pagar con cargo en cuenta o tarjeta.

Enlace directo: Modelo 111 - Sede Electrónica AEAT


Lista de verificación antes de presentar

  • He sumado correctamente todas las bases de retención
  • He aplicado el tipo de retención correcto a cada perceptor
  • No he mezclado retenciones del trimestre anterior
  • Las retenciones cuadran con mi contabilidad y extractos bancarios
  • He incluido facturas rectificativas que afectan a retenciones
  • No he confundido modelo 111 con modelo 115 (alquileres)
  • He verificado que los profesionales me facturaron con su NIF y datos correctos
  • Tengo copia de todas las facturas con retención para posibles comprobaciones

Relación con otros modelos fiscales

Modelo Relación con el 111
190 Resumen anual de retenciones. Debe cuadrar con la suma de los cuatro 111 trimestrales
115 Retenciones sobre alquileres de inmuebles. Formulario separado
123 Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario. Formulario separado
303 IVA trimestral. El IVA de las facturas de profesionales va al 303; la retención al 111

Referencias legales


Este artículo tiene carácter informativo. Para tu situación específica, consulta con un asesor fiscal.

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