Modelo 349 casilla por casilla: cómo declarar operaciones intracomunitarias
La declaración recapitulativa del comercio con la UE, desglosada campo por campo
El modelo 349 es la declaración informativa que resume todas tus operaciones con empresas de otros países de la Unión Europea. No implica ningún pago, pero su presentación es obligatoria cuando realizas entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes o servicios.
En esta guía recorreremos cada sección del modelo y todas las claves de operación, con un caso práctico que muestra cómo declarar una venta B2B a Alemania.
📎 Si buscas una visión general del modelo 349 antes de entrar en detalle, consulta nuestro artículo Modelo 349: operaciones intracomunitarias.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 349?
Deben presentar esta declaración:
- Empresarios y profesionales que realicen entregas intracomunitarias de bienes exentas de IVA
- Quienes efectúen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas a IVA
- Quienes presten o reciban servicios a/de empresas de otros Estados miembros, cuando el servicio se localiza en el país del destinatario (regla general B2B del art. 69.Uno LIVA)
- Operadores que intervengan en operaciones triangulares como intermediarios
No debes presentarlo si:
- Solo realizas operaciones interiores (dentro de España)
- Solo operas con países fuera de la UE (son exportaciones/importaciones, no intracomunitarias)
- En el período no has realizado ninguna operación intracomunitaria
A diferencia del modelo 303, el 349 solo se presenta cuando hay operaciones. Si en un trimestre no tienes ninguna operación intracomunitaria, no presentas nada.
Periodicidad: mensual o trimestral
La periodicidad depende del volumen de entregas intracomunitarias de bienes:
| Periodicidad | Condición |
|---|---|
| Mensual | Si en el trimestre en curso o en cualquiera de los cuatro trimestres anteriores tus entregas de bienes superaron 50.000 € |
| Trimestral | Si tus entregas de bienes no superan los 50.000 € trimestrales |
Importante: Desde el RD-ley 3/2020, la periodicidad anual fue suprimida. Solo existen las opciones mensual y trimestral.
Cambio de trimestral a mensual
Si durante un trimestre superas el umbral de 50.000 € en entregas de bienes:
- Debes pasar a declaración mensual a partir del mes siguiente
- Se presenta una declaración por el mes en que se superó el límite
- A partir de entonces, continúas con periodicidad mensual hasta que durante cuatro trimestres consecutivos no superes el umbral
Plazos de presentación
| Periodicidad | Período | Plazo |
|---|---|---|
| Mensual | Enero a octubre | Del 1 al 20 del mes siguiente |
| Mensual | Noviembre | Del 1 al 20 de diciembre |
| Mensual | Diciembre | Del 1 al 30 de enero del año siguiente |
| Trimestral | 1T, 2T, 3T | Del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre |
| Trimestral | 4T | Del 1 al 30 de enero del año siguiente |
Agosto: Para las declaraciones de julio con periodicidad mensual, el plazo se extiende hasta el 20 de septiembre.
Estructura del modelo 349
El modelo se organiza en tres bloques principales:
| Bloque | Contenido |
|---|---|
| Identificación | NIF, nombre, ejercicio, período, tipo de declaración |
| Operadores intracomunitarios | Listado de clientes/proveedores con su clave, NIF-IVA y base imponible |
| Resumen | Totales por cada clave de operación |
Datos de identificación
Declarante
| Campo | Contenido |
|---|---|
| NIF | Tu número de identificación fiscal |
| Apellidos y nombre / Razón social | Como figura en el censo |
| Ejercicio | Año de las operaciones (2025, 2026...) |
| Período | Mes (01-12) o trimestre (1T-4T) |
Tipo de declaración
| Tipo | Cuándo usarlo |
|---|---|
| Ordinaria | Primera declaración del período |
| Sustitutiva | Reemplaza completamente una declaración anterior |
| Complementaria | Añade operaciones olvidadas o corrige importes |
Datos adicionales
| Campo | Contenido |
|---|---|
| Número de identificación | Código asignado a la declaración anterior (si es sustitutiva/complementaria) |
| Número de operadores | Total de clientes/proveedores incluidos |
| Total bases imponibles | Suma de todas las operaciones |
Claves de operación
El modelo 349 utiliza claves para identificar el tipo de cada operación. Estas son todas las claves vigentes:
Claves principales
| Clave | Descripción | ¿Quién declara? |
|---|---|---|
| E | Entregas intracomunitarias de bienes | El vendedor español |
| A | Adquisiciones intracomunitarias de bienes | El comprador español |
| T | Operaciones triangulares | El intermediario español |
| S | Prestaciones de servicios intracomunitarios | El prestador español |
| I | Adquisiciones de servicios intracomunitarios | El receptor español |
Claves especiales
| Clave | Descripción |
|---|---|
| M | Entregas de bienes posteriores a una importación exenta (art. 27.12 LIVA) |
| H | Entregas de bienes tras importación exenta, efectuadas por el representante fiscal |
| R | Transferencias de bienes en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna |
| D | Devoluciones de bienes enviados previamente en régimen de consigna |
| C | Sustituciones del destinatario inicialmente previsto en acuerdos de consigna |
Clave E: entregas intracomunitarias de bienes
Declara tus ventas de mercancías a empresas de otros países de la UE. Estas entregas están exentas de IVA (art. 25 LIVA), por lo que facturas sin IVA.
Requisitos para la exención
- El comprador debe tener un NIF-IVA válido en otro Estado miembro
- Los bienes deben salir físicamente de España con destino a otro país de la UE
- Debes conservar prueba del transporte (CMR, conocimiento de embarque, etc.)
Qué declarar
| Campo | Contenido |
|---|---|
| Clave | E |
| País | Código ISO de 2 letras (DE, FR, IT...) |
| NIF-IVA | Número de identificación fiscal del cliente, con prefijo del país |
| Base imponible | Importe total de las ventas a ese cliente en el período |
Verificación obligatoria: Antes de facturar sin IVA, verifica el NIF-IVA en el sistema VIES. Si el número no es válido, no puedes aplicar la exención.
Clave A: adquisiciones intracomunitarias de bienes
Declara tus compras de mercancías a proveedores de otros países de la UE. Recibes la factura sin IVA y te auto-repercutes el IVA español.
Tratamiento fiscal
- El proveedor UE te factura sin IVA
- Tú aplicas el IVA español como auto-repercusión (modelo 303, casillas 10-11)
- Si tienes derecho a deducción, deduces ese mismo IVA (casillas 36-37)
- El efecto neto suele ser cero
Qué declarar
| Campo | Contenido |
|---|---|
| Clave | A |
| País | Código ISO del país del proveedor |
| NIF-IVA | Número del proveedor, con prefijo del país |
| Base imponible | Importe de las compras a ese proveedor en el período |
Clave T: operaciones triangulares
Las operaciones triangulares se producen cuando intervienen tres operadores de tres Estados miembros distintos:
Operador A (País 1) ──vende──> Operador B (País 2) ──vende──> Operador C (País 3)
│
Los bienes van
directamente de
A a C
El operador B es el intermediario y puede acogerse a la simplificación del art. 26.Tres LIVA para evitar registrarse a efectos de IVA en el país de destino.
Cuándo usar la clave T
Usas la clave T cuando eres el operador B (intermediario español) y:
- Compras bienes a un operador de otro Estado miembro (A)
- Los vendes a un operador de un tercer Estado miembro (C)
- Los bienes van directamente de A a C, sin pasar por España
- C realiza la adquisición intracomunitaria y auto-repercute el IVA en su país
Qué declarar
| Campo | Contenido |
|---|---|
| Clave | T |
| País | País del operador C (destinatario final) |
| NIF-IVA | NIF del operador C |
| Base imponible | Importe de la venta a C |
La compra al operador A no se declara con clave A en el 349 porque no hay adquisición intracomunitaria (los bienes no llegan a España).
Clave S: prestaciones de servicios intracomunitarios
Declara los servicios que prestas a empresas de otros países de la UE cuando, según las reglas de localización, el servicio se entiende prestado en el país del destinatario.
Regla general B2B (art. 69.Uno LIVA)
Cuando prestas un servicio a un empresario establecido en otro Estado miembro, el servicio se localiza en el país del destinatario. Facturas sin IVA y el cliente auto-repercute el IVA de su país.
Servicios típicos que van con clave S:
- Consultoría y asesoramiento
- Servicios informáticos y desarrollo de software
- Diseño gráfico y marketing
- Traducciones
- Servicios jurídicos y contables
- Servicios de publicidad
Excepciones (no van en el 349)
Algunos servicios tienen reglas de localización especiales y no se declaran en el 349:
| Servicio | Localización |
|---|---|
| Servicios relacionados con inmuebles | Donde está el inmueble |
| Transporte de pasajeros | Donde se realiza |
| Restauración y catering | Donde se presta |
| Servicios culturales, artísticos, deportivos | Donde se presta |
Qué declarar
| Campo | Contenido |
|---|---|
| Clave | S |
| País | País del cliente |
| NIF-IVA | NIF del cliente |
| Base imponible | Importe de los servicios prestados |
Clave I: adquisiciones de servicios intracomunitarios
Declara los servicios que recibes de proveedores de otros países de la UE cuando el servicio se localiza en España (donde estás tú como destinatario).
Tratamiento fiscal
- El proveedor UE te factura sin IVA
- Tú auto-repercutes el IVA español (modelo 303, casillas 12-13)
- Si tienes derecho a deducción, lo deduces (casillas 36-37)
Qué declarar
| Campo | Contenido |
|---|---|
| Clave | I |
| País | País del proveedor |
| NIF-IVA | NIF del proveedor |
| Base imponible | Importe de los servicios recibidos |
Claves M y H: entregas tras importación exenta
Clave M
Cuando importas bienes de un país tercero (fuera de la UE) con exención del IVA de importación porque van a ser inmediatamente expedidos a otro Estado miembro (art. 27.12 LIVA).
Requisitos:
- Los bienes entran por aduana española
- Se acoge a la exención del IVA de importación
- Los bienes se envían directamente a un cliente de otro Estado miembro
- La entrega posterior se declara con clave M
Clave H
Igual que la clave M, pero cuando la operación la realiza un representante fiscal en nombre del importador no establecido en España.
Claves R, D y C: ventas en consigna
El régimen de ventas en consigna (art. 9 bis LIVA, desde 2020) permite enviar bienes a otro Estado miembro sin que se produzca una adquisición intracomunitaria hasta que el cliente potencial retire la mercancía.
Clave R: transferencia de bienes en consigna
Declaras con clave R cuando envías bienes a un almacén en otro Estado miembro:
| Campo | Contenido |
|---|---|
| Clave | R |
| País | Destino de los bienes |
| NIF-IVA | NIF del destinatario previsto |
| Base imponible | Valor de los bienes transferidos |
Clave D: devolución de bienes en consigna
Si los bienes regresan a España sin haberse vendido (en el plazo de 12 meses), declaras con clave D el valor de retorno.
Clave C: sustitución del destinatario
Si cambias el destinatario previsto de los bienes en consigna por otro empresario del mismo Estado miembro, declaras con clave C.
Detalle de operadores intracomunitarios
Para cada cliente o proveedor con el que hayas operado en el período, debes incluir un registro con:
| Campo | Descripción |
|---|---|
| Clave de operación | E, A, T, S, I, M, H, R, D o C |
| Código país | ISO de 2 letras (DE, FR, IT, PT, NL, BE...) |
| NIF operador | Número de identificación fiscal con prefijo del país |
| Nombre o razón social | Denominación del operador (opcional en algunos formularios) |
| Base imponible | Importe total de las operaciones con ese operador en el período |
Agrupación de operaciones
Si con un mismo operador tienes varias operaciones del mismo tipo (misma clave), se agrupan en un único registro sumando las bases imponibles.
Si con un mismo operador tienes operaciones de distinto tipo (por ejemplo, le compras y le vendes), debes incluir un registro para cada clave.
Ejemplo:
Cliente FR12345678901:
- Clave E: 15.000 € (entregas de bienes)
- Clave S: 5000 € (servicios)
→ Dos registros separados
Resumen por claves
Al final del modelo, se totalizan las bases imponibles por cada clave de operación:
| Casilla | Descripción |
|---|---|
| Total clave E | Suma de entregas intracomunitarias de bienes |
| Total clave A | Suma de adquisiciones intracomunitarias de bienes |
| Total clave T | Suma de operaciones triangulares |
| Total clave S | Suma de prestaciones de servicios |
| Total clave I | Suma de adquisiciones de servicios |
| Total clave M | Suma de entregas tras importación exenta |
| Total clave H | Suma de entregas por representante fiscal |
| Total clave R | Suma de transferencias en consigna |
| Total clave D | Suma de devoluciones de consigna |
| Total clave C | Suma de sustituciones en consigna |
| Total general | Suma de todas las claves |
Un caso con cifras: venta B2B a Alemania
Datos del 2T 2026
Una empresa de Barcelona (ACME Distribuciones SL) realiza las siguientes operaciones intracomunitarias durante abril, mayo y junio de 2026:
Entregas de bienes (ventas):
| Cliente | País | NIF-IVA | Importe |
|---|---|---|---|
| MusterGmbH | Alemania | DE123456789 | 25.000 € |
| Maison SARL | Francia | FR12345678901 | 8500 € |
| MusterGmbH | Alemania | DE123456789 | 12.000 € |
Adquisiciones de bienes (compras):
| Proveedor | País | NIF-IVA | Importe |
|---|---|---|---|
| Componenti SRL | Italia | IT11223344556 | 7500 € |
Servicios prestados:
| Cliente | País | NIF-IVA | Importe |
|---|---|---|---|
| TechBV | Países Bajos | NL123456789B01 | 4000 € |
Servicios recibidos:
| Proveedor | País | NIF-IVA | Importe |
|---|---|---|---|
| Design Aps | Dinamarca | DK12345678 | 2500 € |
Cómo rellenar el modelo 349
Identificación:
NIF: B12345678
Razón social: ACME DISTRIBUCIONES SL
Ejercicio: 2026
Período: 2T (segundo trimestre)
Tipo: Ordinaria
Operadores intracomunitarios:
1. Clave: E País: DE NIF: DE123456789 Base: 37.000 €
(25.000 + 12.000 al mismo cliente)
2. Clave: E País: FR NIF: FR12345678901 Base: 8500 €
3. Clave: A País: IT NIF: IT11223344556 Base: 7500 €
4. Clave: S País: NL NIF: NL123456789B01 Base: 4000 €
5. Clave: I País: DK NIF: DK12345678 Base: 2500 €
Resumen:
| Tipo de operación | Importe |
|---|---|
| Total entregas de bienes (E) | 45.500 € |
| Total adquisiciones de bienes (A) | 7.500 € |
| Total prestaciones de servicios (S) | 4.000 € |
| Total adquisiciones de servicios (I) | 2.500 € |
| Total general | 59.500 € |
Número de operadores: 5
Coherencia con el modelo 303
Las cifras del 349 deben cuadrar con el modelo 303 del mismo período:
| Concepto | Modelo 303 | Modelo 349 |
|---|---|---|
| Entregas intracom. exentas | Casilla 59: 45.500 € | Clave E: 45.500 € |
| Adquisiciones intracom. bienes | Casilla 10: 7500 € | Clave A: 7500 € |
| Servicios intracom. prestados | Casilla 59 (o 120) | Clave S: 4000 € |
| Servicios intracom. recibidos | Casilla 12: 2500 € | Clave I: 2500 € |
Errores frecuentes y cómo evitarlos
1. NIF-IVA incorrecto o no verificado
El error más común. Antes de facturar sin IVA a un cliente de la UE, siempre verifica su NIF-IVA en VIES.
📎 Verificación VIES: ec.europa.eu/taxation_customs/vies/
Si el NIF no está activo:
- No puedes aplicar la exención de entrega intracomunitaria
- Debes facturar con IVA español
- La operación no va en el modelo 349
2. Incluir operaciones con particulares
El 349 es para operaciones B2B (empresa a empresa). Las ventas a particulares de otros países de la UE no van aquí:
- Si vendes a particulares de la UE, puede que debas aplicar el régimen OSS (modelo 369)
- Las ventas B2C a particulares dentro de España van en el 303, no en el 349
3. Declarar exportaciones como intracomunitarias
Las exportaciones a países fuera de la UE (Reino Unido, Suiza, Estados Unidos, etc.) no son operaciones intracomunitarias:
- No van en el modelo 349
- Tienen su propio tratamiento aduanero
- Se declaran en el 303 como exportaciones (casilla 60)
4. Olvidar los servicios
Muchos contribuyentes declaran las entregas de bienes pero olvidan los servicios. Recuerda:
- Clave S: Servicios que prestas a empresas de la UE
- Clave I: Servicios que recibes de empresas de la UE
5. No cambiar a periodicidad mensual
Si en un trimestre superas los 50.000 € de entregas de bienes, debes pasar a periodicidad mensual. No puedes seguir con trimestral.
6. Agrupar incorrectamente las operaciones
- Operaciones de distinta clave con el mismo operador → registros separados
- Operaciones de la misma clave con el mismo operador → un solo registro sumando bases
7. No presentar declaración complementaria cuando corresponde
Si después de presentar el 349 detectas que:
- Olvidaste incluir un operador → presentas complementaria añadiendo
- El importe declarado era inferior al real → presentas complementaria con la diferencia
- El importe era superior o el NIF era incorrecto → presentas sustitutiva
Rectificaciones y declaraciones modificativas
Declaración complementaria
Añade operaciones o importes que no incluiste en la declaración original.
Cuándo usarla:
- Olvidaste declarar un operador
- El importe declarado fue inferior al real
Cómo hacerla:
- Marca tipo de declaración: Complementaria
- Indica el número de identificación de la declaración original
- Incluye solo los operadores/importes nuevos o la diferencia a añadir
Declaración sustitutiva
Reemplaza completamente la declaración original.
Cuándo usarla:
- Error en el NIF de un operador
- El importe declarado fue superior al real
- Errores múltiples que hacen más sencillo rehacer todo
Cómo hacerla:
- Marca tipo de declaración: Sustitutiva
- Indica el número de identificación de la declaración original
- Incluye todos los operadores con los datos correctos
Rectificación de importes (con signo negativo)
Si necesitas reducir el importe de un operador ya declarado:
- Presenta declaración complementaria
- Incluye el operador con la diferencia en negativo
Ejemplo: Declaraste 20.000 € y el importe correcto era 15.000 €. → Complementaria con el mismo operador y base imponible: -5000 €
Presentación paso a paso
Requisitos previos
- Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
- Listado de operaciones intracomunitarias del período
- NIF-IVA verificados en VIES
Pasos en la Sede Electrónica
-
Accede a la Sede AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es
-
Busca el modelo 349: Impuestos → IVA → Modelo 349
-
Identifícate con tu certificado, DNI-e o Cl@ve
-
Selecciona el ejercicio y período
-
Indica el tipo de declaración (ordinaria, complementaria o sustitutiva)
-
Añade los operadores uno a uno:
- Selecciona la clave de operación
- Introduce el código de país
- Escribe el NIF-IVA completo
- Indica la base imponible
-
Revisa el resumen de totales por clave
-
Valida y firma la declaración
-
Guarda el justificante con el CSV (código seguro de verificación)
📎 Acceso directo: Modelo 349 - Sede AEAT
Verificación cruzada internacional (VIES)
Los datos del modelo 349 se comparten con las haciendas de los demás Estados miembros a través del sistema VIES (VAT Information Exchange System).
Cómo funciona
- Tú declaras en España una entrega a un cliente alemán por 25.000 €
- La AEAT envía estos datos a la hacienda alemana
- La hacienda alemana espera que el cliente declare una adquisición por 25.000 €
- Si hay discrepancia, se generan alertas que pueden derivar en comprobaciones
Consecuencias de discrepancias
- Requerimientos de información de la AEAT
- Posibles comprobaciones de la hacienda del otro país al cliente/proveedor
- En casos graves, pérdida del derecho a la exención por entrega intracomunitaria
Por eso es fundamental que los importes declarados coincidan con los de tus facturas y que verifiques siempre los NIF-IVA.
Sanciones por incumplimiento
Al ser una declaración informativa, las sanciones se rigen por los artículos 198 y 199 de la Ley General Tributaria:
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| No presentar o presentar incorrectamente | 20 € por dato omitido o incorrecto |
| Mínimo | 300 € |
| Máximo | 20.000 € |
Reducciones aplicables
| Circunstancia | Reducción |
|---|---|
| Presentación fuera de plazo sin requerimiento previo | 50% |
| Conformidad con la propuesta de sanción | 30% |
| Pago en período voluntario | 25% adicional |
Nota: Los recargos por extemporaneidad del art. 27 LGT no aplican al modelo 349 porque no es una declaración con ingreso.
Relación con otros modelos
Modelo 303 (IVA trimestral/mensual)
| Casilla 303 | Concepto | Debe coincidir con |
|---|---|---|
| Casilla 10-11 | Adquisiciones intracomunitarias bienes | Clave A del 349 |
| Casilla 12-13 | Servicios intracomunitarios recibidos | Clave I del 349 |
| Casilla 59 | Entregas intracom. exentas | Claves E + S del 349 |
Modelo 390 (resumen anual IVA)
Los totales anuales del 390 deben cuadrar con la suma de todos los 349 del ejercicio.
Modelo 347 (operaciones con terceros)
Las operaciones intracomunitarias no se incluyen en el modelo 347. Este es exclusivamente para operaciones nacionales que superen 3.005,06 € anuales con un mismo cliente/proveedor.
Referencias legales
-
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA
- Art. 13-16: Adquisiciones intracomunitarias
- Art. 25: Exención de entregas intracomunitarias
- Art. 26.Tres: Operaciones triangulares
- Art. 69.Uno: Localización de servicios B2B
- Art. 79: Obligación de declaración recapitulativa
-
Real Decreto 1624/1992, Reglamento del IVA
- Art. 78-79: Sujetos obligados a la declaración recapitulativa
- Art. 80: Contenido de la declaración
- Art. 81: Plazos y periodicidad
-
RD-ley 3/2020, de 4 de febrero — Supresión de la periodicidad anual
-
Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo — Aprueba el modelo 349
-
Ley 58/2003, General Tributaria
- Art. 198-199: Infracciones por incumplir obligaciones informativas
Este artículo tiene carácter informativo. Para tu situación específica, consulta con un asesor fiscal.
