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Modelo 349 casilla por casilla: guía completa de operaciones intracomunitarias

Modelos fiscales29 de enero de 202618 min de lectura
Modelo 349 casilla por casilla: guía completa de operaciones intracomunitarias

Modelo 349 casilla por casilla: cómo declarar operaciones intracomunitarias

La declaración recapitulativa del comercio con la UE, desglosada campo por campo


El modelo 349 es la declaración informativa que resume todas tus operaciones con empresas de otros países de la Unión Europea. No implica ningún pago, pero su presentación es obligatoria cuando realizas entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes o servicios.

En esta guía recorreremos cada sección del modelo y todas las claves de operación, con un caso práctico que muestra cómo declarar una venta B2B a Alemania.

📎 Si buscas una visión general del modelo 349 antes de entrar en detalle, consulta nuestro artículo Modelo 349: operaciones intracomunitarias.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 349?

Deben presentar esta declaración:

  • Empresarios y profesionales que realicen entregas intracomunitarias de bienes exentas de IVA
  • Quienes efectúen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas a IVA
  • Quienes presten o reciban servicios a/de empresas de otros Estados miembros, cuando el servicio se localiza en el país del destinatario (regla general B2B del art. 69.Uno LIVA)
  • Operadores que intervengan en operaciones triangulares como intermediarios

No debes presentarlo si:

  • Solo realizas operaciones interiores (dentro de España)
  • Solo operas con países fuera de la UE (son exportaciones/importaciones, no intracomunitarias)
  • En el período no has realizado ninguna operación intracomunitaria

A diferencia del modelo 303, el 349 solo se presenta cuando hay operaciones. Si en un trimestre no tienes ninguna operación intracomunitaria, no presentas nada.

Periodicidad: mensual o trimestral

La periodicidad depende del volumen de entregas intracomunitarias de bienes:

Periodicidad Condición
Mensual Si en el trimestre en curso o en cualquiera de los cuatro trimestres anteriores tus entregas de bienes superaron 50.000 €
Trimestral Si tus entregas de bienes no superan los 50.000 € trimestrales

Importante: Desde el RD-ley 3/2020, la periodicidad anual fue suprimida. Solo existen las opciones mensual y trimestral.

Cambio de trimestral a mensual

Si durante un trimestre superas el umbral de 50.000 € en entregas de bienes:

  1. Debes pasar a declaración mensual a partir del mes siguiente
  2. Se presenta una declaración por el mes en que se superó el límite
  3. A partir de entonces, continúas con periodicidad mensual hasta que durante cuatro trimestres consecutivos no superes el umbral

Plazos de presentación

Periodicidad Período Plazo
Mensual Enero a octubre Del 1 al 20 del mes siguiente
Mensual Noviembre Del 1 al 20 de diciembre
Mensual Diciembre Del 1 al 30 de enero del año siguiente
Trimestral 1T, 2T, 3T Del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre
Trimestral 4T Del 1 al 30 de enero del año siguiente

Agosto: Para las declaraciones de julio con periodicidad mensual, el plazo se extiende hasta el 20 de septiembre.

Estructura del modelo 349

El modelo se organiza en tres bloques principales:

Bloque Contenido
Identificación NIF, nombre, ejercicio, período, tipo de declaración
Operadores intracomunitarios Listado de clientes/proveedores con su clave, NIF-IVA y base imponible
Resumen Totales por cada clave de operación

Datos de identificación

Declarante

Campo Contenido
NIF Tu número de identificación fiscal
Apellidos y nombre / Razón social Como figura en el censo
Ejercicio Año de las operaciones (2025, 2026...)
Período Mes (01-12) o trimestre (1T-4T)

Tipo de declaración

Tipo Cuándo usarlo
Ordinaria Primera declaración del período
Sustitutiva Reemplaza completamente una declaración anterior
Complementaria Añade operaciones olvidadas o corrige importes

Datos adicionales

Campo Contenido
Número de identificación Código asignado a la declaración anterior (si es sustitutiva/complementaria)
Número de operadores Total de clientes/proveedores incluidos
Total bases imponibles Suma de todas las operaciones

Claves de operación

El modelo 349 utiliza claves para identificar el tipo de cada operación. Estas son todas las claves vigentes:

Claves principales

Clave Descripción ¿Quién declara?
E Entregas intracomunitarias de bienes El vendedor español
A Adquisiciones intracomunitarias de bienes El comprador español
T Operaciones triangulares El intermediario español
S Prestaciones de servicios intracomunitarios El prestador español
I Adquisiciones de servicios intracomunitarios El receptor español

Claves especiales

Clave Descripción
M Entregas de bienes posteriores a una importación exenta (art. 27.12 LIVA)
H Entregas de bienes tras importación exenta, efectuadas por el representante fiscal
R Transferencias de bienes en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna
D Devoluciones de bienes enviados previamente en régimen de consigna
C Sustituciones del destinatario inicialmente previsto en acuerdos de consigna

Clave E: entregas intracomunitarias de bienes

Declara tus ventas de mercancías a empresas de otros países de la UE. Estas entregas están exentas de IVA (art. 25 LIVA), por lo que facturas sin IVA.

Requisitos para la exención

  1. El comprador debe tener un NIF-IVA válido en otro Estado miembro
  2. Los bienes deben salir físicamente de España con destino a otro país de la UE
  3. Debes conservar prueba del transporte (CMR, conocimiento de embarque, etc.)

Qué declarar

Campo Contenido
Clave E
País Código ISO de 2 letras (DE, FR, IT...)
NIF-IVA Número de identificación fiscal del cliente, con prefijo del país
Base imponible Importe total de las ventas a ese cliente en el período

Verificación obligatoria: Antes de facturar sin IVA, verifica el NIF-IVA en el sistema VIES. Si el número no es válido, no puedes aplicar la exención.


Clave A: adquisiciones intracomunitarias de bienes

Declara tus compras de mercancías a proveedores de otros países de la UE. Recibes la factura sin IVA y te auto-repercutes el IVA español.

Tratamiento fiscal

  1. El proveedor UE te factura sin IVA
  2. Tú aplicas el IVA español como auto-repercusión (modelo 303, casillas 10-11)
  3. Si tienes derecho a deducción, deduces ese mismo IVA (casillas 36-37)
  4. El efecto neto suele ser cero

Qué declarar

Campo Contenido
Clave A
País Código ISO del país del proveedor
NIF-IVA Número del proveedor, con prefijo del país
Base imponible Importe de las compras a ese proveedor en el período

Clave T: operaciones triangulares

Las operaciones triangulares se producen cuando intervienen tres operadores de tres Estados miembros distintos:

Operador A (País 1) ──vende──> Operador B (País 2) ──vende──> Operador C (País 3)
                                     │
                               Los bienes van
                               directamente de
                               A a C

El operador B es el intermediario y puede acogerse a la simplificación del art. 26.Tres LIVA para evitar registrarse a efectos de IVA en el país de destino.

Cuándo usar la clave T

Usas la clave T cuando eres el operador B (intermediario español) y:

  • Compras bienes a un operador de otro Estado miembro (A)
  • Los vendes a un operador de un tercer Estado miembro (C)
  • Los bienes van directamente de A a C, sin pasar por España
  • C realiza la adquisición intracomunitaria y auto-repercute el IVA en su país

Qué declarar

Campo Contenido
Clave T
País País del operador C (destinatario final)
NIF-IVA NIF del operador C
Base imponible Importe de la venta a C

La compra al operador A no se declara con clave A en el 349 porque no hay adquisición intracomunitaria (los bienes no llegan a España).


Clave S: prestaciones de servicios intracomunitarios

Declara los servicios que prestas a empresas de otros países de la UE cuando, según las reglas de localización, el servicio se entiende prestado en el país del destinatario.

Regla general B2B (art. 69.Uno LIVA)

Cuando prestas un servicio a un empresario establecido en otro Estado miembro, el servicio se localiza en el país del destinatario. Facturas sin IVA y el cliente auto-repercute el IVA de su país.

Servicios típicos que van con clave S:

  • Consultoría y asesoramiento
  • Servicios informáticos y desarrollo de software
  • Diseño gráfico y marketing
  • Traducciones
  • Servicios jurídicos y contables
  • Servicios de publicidad

Excepciones (no van en el 349)

Algunos servicios tienen reglas de localización especiales y no se declaran en el 349:

Servicio Localización
Servicios relacionados con inmuebles Donde está el inmueble
Transporte de pasajeros Donde se realiza
Restauración y catering Donde se presta
Servicios culturales, artísticos, deportivos Donde se presta

Qué declarar

Campo Contenido
Clave S
País País del cliente
NIF-IVA NIF del cliente
Base imponible Importe de los servicios prestados

Clave I: adquisiciones de servicios intracomunitarios

Declara los servicios que recibes de proveedores de otros países de la UE cuando el servicio se localiza en España (donde estás tú como destinatario).

Tratamiento fiscal

  1. El proveedor UE te factura sin IVA
  2. Tú auto-repercutes el IVA español (modelo 303, casillas 12-13)
  3. Si tienes derecho a deducción, lo deduces (casillas 36-37)

Qué declarar

Campo Contenido
Clave I
País País del proveedor
NIF-IVA NIF del proveedor
Base imponible Importe de los servicios recibidos

Claves M y H: entregas tras importación exenta

Clave M

Cuando importas bienes de un país tercero (fuera de la UE) con exención del IVA de importación porque van a ser inmediatamente expedidos a otro Estado miembro (art. 27.12 LIVA).

Requisitos:

  • Los bienes entran por aduana española
  • Se acoge a la exención del IVA de importación
  • Los bienes se envían directamente a un cliente de otro Estado miembro
  • La entrega posterior se declara con clave M

Clave H

Igual que la clave M, pero cuando la operación la realiza un representante fiscal en nombre del importador no establecido en España.


Claves R, D y C: ventas en consigna

El régimen de ventas en consigna (art. 9 bis LIVA, desde 2020) permite enviar bienes a otro Estado miembro sin que se produzca una adquisición intracomunitaria hasta que el cliente potencial retire la mercancía.

Clave R: transferencia de bienes en consigna

Declaras con clave R cuando envías bienes a un almacén en otro Estado miembro:

Campo Contenido
Clave R
País Destino de los bienes
NIF-IVA NIF del destinatario previsto
Base imponible Valor de los bienes transferidos

Clave D: devolución de bienes en consigna

Si los bienes regresan a España sin haberse vendido (en el plazo de 12 meses), declaras con clave D el valor de retorno.

Clave C: sustitución del destinatario

Si cambias el destinatario previsto de los bienes en consigna por otro empresario del mismo Estado miembro, declaras con clave C.


Detalle de operadores intracomunitarios

Para cada cliente o proveedor con el que hayas operado en el período, debes incluir un registro con:

Campo Descripción
Clave de operación E, A, T, S, I, M, H, R, D o C
Código país ISO de 2 letras (DE, FR, IT, PT, NL, BE...)
NIF operador Número de identificación fiscal con prefijo del país
Nombre o razón social Denominación del operador (opcional en algunos formularios)
Base imponible Importe total de las operaciones con ese operador en el período

Agrupación de operaciones

Si con un mismo operador tienes varias operaciones del mismo tipo (misma clave), se agrupan en un único registro sumando las bases imponibles.

Si con un mismo operador tienes operaciones de distinto tipo (por ejemplo, le compras y le vendes), debes incluir un registro para cada clave.

Ejemplo:

Cliente FR12345678901:
- Clave E: 15.000 € (entregas de bienes)
- Clave S: 5000 € (servicios)
→ Dos registros separados

Resumen por claves

Al final del modelo, se totalizan las bases imponibles por cada clave de operación:

Casilla Descripción
Total clave E Suma de entregas intracomunitarias de bienes
Total clave A Suma de adquisiciones intracomunitarias de bienes
Total clave T Suma de operaciones triangulares
Total clave S Suma de prestaciones de servicios
Total clave I Suma de adquisiciones de servicios
Total clave M Suma de entregas tras importación exenta
Total clave H Suma de entregas por representante fiscal
Total clave R Suma de transferencias en consigna
Total clave D Suma de devoluciones de consigna
Total clave C Suma de sustituciones en consigna
Total general Suma de todas las claves

Un caso con cifras: venta B2B a Alemania

Datos del 2T 2026

Una empresa de Barcelona (ACME Distribuciones SL) realiza las siguientes operaciones intracomunitarias durante abril, mayo y junio de 2026:

Entregas de bienes (ventas):

Cliente País NIF-IVA Importe
MusterGmbH Alemania DE123456789 25.000 €
Maison SARL Francia FR12345678901 8500 €
MusterGmbH Alemania DE123456789 12.000 €

Adquisiciones de bienes (compras):

Proveedor País NIF-IVA Importe
Componenti SRL Italia IT11223344556 7500 €

Servicios prestados:

Cliente País NIF-IVA Importe
TechBV Países Bajos NL123456789B01 4000 €

Servicios recibidos:

Proveedor País NIF-IVA Importe
Design Aps Dinamarca DK12345678 2500 €

Cómo rellenar el modelo 349

Identificación:

NIF: B12345678
Razón social: ACME DISTRIBUCIONES SL
Ejercicio: 2026
Período: 2T (segundo trimestre)
Tipo: Ordinaria

Operadores intracomunitarios:

1. Clave: E    País: DE    NIF: DE123456789       Base: 37.000 €
   (25.000 + 12.000 al mismo cliente)

2. Clave: E    País: FR    NIF: FR12345678901     Base: 8500 €

3. Clave: A    País: IT    NIF: IT11223344556     Base: 7500 €

4. Clave: S    País: NL    NIF: NL123456789B01    Base: 4000 €

5. Clave: I    País: DK    NIF: DK12345678        Base: 2500 €

Resumen:

Tipo de operación Importe
Total entregas de bienes (E) 45.500 €
Total adquisiciones de bienes (A) 7.500 €
Total prestaciones de servicios (S) 4.000 €
Total adquisiciones de servicios (I) 2.500 €
Total general 59.500 €

Número de operadores: 5

Coherencia con el modelo 303

Las cifras del 349 deben cuadrar con el modelo 303 del mismo período:

Concepto Modelo 303 Modelo 349
Entregas intracom. exentas Casilla 59: 45.500 € Clave E: 45.500 €
Adquisiciones intracom. bienes Casilla 10: 7500 € Clave A: 7500 €
Servicios intracom. prestados Casilla 59 (o 120) Clave S: 4000 €
Servicios intracom. recibidos Casilla 12: 2500 € Clave I: 2500 €

Errores frecuentes y cómo evitarlos

1. NIF-IVA incorrecto o no verificado

El error más común. Antes de facturar sin IVA a un cliente de la UE, siempre verifica su NIF-IVA en VIES.

📎 Verificación VIES: ec.europa.eu/taxation_customs/vies/

Si el NIF no está activo:

  • No puedes aplicar la exención de entrega intracomunitaria
  • Debes facturar con IVA español
  • La operación no va en el modelo 349

2. Incluir operaciones con particulares

El 349 es para operaciones B2B (empresa a empresa). Las ventas a particulares de otros países de la UE no van aquí:

  • Si vendes a particulares de la UE, puede que debas aplicar el régimen OSS (modelo 369)
  • Las ventas B2C a particulares dentro de España van en el 303, no en el 349

3. Declarar exportaciones como intracomunitarias

Las exportaciones a países fuera de la UE (Reino Unido, Suiza, Estados Unidos, etc.) no son operaciones intracomunitarias:

  • No van en el modelo 349
  • Tienen su propio tratamiento aduanero
  • Se declaran en el 303 como exportaciones (casilla 60)

4. Olvidar los servicios

Muchos contribuyentes declaran las entregas de bienes pero olvidan los servicios. Recuerda:

  • Clave S: Servicios que prestas a empresas de la UE
  • Clave I: Servicios que recibes de empresas de la UE

5. No cambiar a periodicidad mensual

Si en un trimestre superas los 50.000 € de entregas de bienes, debes pasar a periodicidad mensual. No puedes seguir con trimestral.

6. Agrupar incorrectamente las operaciones

  • Operaciones de distinta clave con el mismo operador → registros separados
  • Operaciones de la misma clave con el mismo operador → un solo registro sumando bases

7. No presentar declaración complementaria cuando corresponde

Si después de presentar el 349 detectas que:

  • Olvidaste incluir un operador → presentas complementaria añadiendo
  • El importe declarado era inferior al real → presentas complementaria con la diferencia
  • El importe era superior o el NIF era incorrecto → presentas sustitutiva

Rectificaciones y declaraciones modificativas

Declaración complementaria

Añade operaciones o importes que no incluiste en la declaración original.

Cuándo usarla:

  • Olvidaste declarar un operador
  • El importe declarado fue inferior al real

Cómo hacerla:

  • Marca tipo de declaración: Complementaria
  • Indica el número de identificación de la declaración original
  • Incluye solo los operadores/importes nuevos o la diferencia a añadir

Declaración sustitutiva

Reemplaza completamente la declaración original.

Cuándo usarla:

  • Error en el NIF de un operador
  • El importe declarado fue superior al real
  • Errores múltiples que hacen más sencillo rehacer todo

Cómo hacerla:

  • Marca tipo de declaración: Sustitutiva
  • Indica el número de identificación de la declaración original
  • Incluye todos los operadores con los datos correctos

Rectificación de importes (con signo negativo)

Si necesitas reducir el importe de un operador ya declarado:

  1. Presenta declaración complementaria
  2. Incluye el operador con la diferencia en negativo

Ejemplo: Declaraste 20.000 € y el importe correcto era 15.000 €. → Complementaria con el mismo operador y base imponible: -5000 €


Presentación paso a paso

Requisitos previos

  • Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
  • Listado de operaciones intracomunitarias del período
  • NIF-IVA verificados en VIES

Pasos en la Sede Electrónica

  1. Accede a la Sede AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es

  2. Busca el modelo 349: Impuestos → IVA → Modelo 349

  3. Identifícate con tu certificado, DNI-e o Cl@ve

  4. Selecciona el ejercicio y período

  5. Indica el tipo de declaración (ordinaria, complementaria o sustitutiva)

  6. Añade los operadores uno a uno:

    • Selecciona la clave de operación
    • Introduce el código de país
    • Escribe el NIF-IVA completo
    • Indica la base imponible
  7. Revisa el resumen de totales por clave

  8. Valida y firma la declaración

  9. Guarda el justificante con el CSV (código seguro de verificación)

📎 Acceso directo: Modelo 349 - Sede AEAT


Verificación cruzada internacional (VIES)

Los datos del modelo 349 se comparten con las haciendas de los demás Estados miembros a través del sistema VIES (VAT Information Exchange System).

Cómo funciona

  1. Tú declaras en España una entrega a un cliente alemán por 25.000 €
  2. La AEAT envía estos datos a la hacienda alemana
  3. La hacienda alemana espera que el cliente declare una adquisición por 25.000 €
  4. Si hay discrepancia, se generan alertas que pueden derivar en comprobaciones

Consecuencias de discrepancias

  • Requerimientos de información de la AEAT
  • Posibles comprobaciones de la hacienda del otro país al cliente/proveedor
  • En casos graves, pérdida del derecho a la exención por entrega intracomunitaria

Por eso es fundamental que los importes declarados coincidan con los de tus facturas y que verifiques siempre los NIF-IVA.


Sanciones por incumplimiento

Al ser una declaración informativa, las sanciones se rigen por los artículos 198 y 199 de la Ley General Tributaria:

Infracción Sanción
No presentar o presentar incorrectamente 20 € por dato omitido o incorrecto
Mínimo 300 €
Máximo 20.000 €

Reducciones aplicables

Circunstancia Reducción
Presentación fuera de plazo sin requerimiento previo 50%
Conformidad con la propuesta de sanción 30%
Pago en período voluntario 25% adicional

Nota: Los recargos por extemporaneidad del art. 27 LGT no aplican al modelo 349 porque no es una declaración con ingreso.


Relación con otros modelos

Modelo 303 (IVA trimestral/mensual)

Casilla 303 Concepto Debe coincidir con
Casilla 10-11 Adquisiciones intracomunitarias bienes Clave A del 349
Casilla 12-13 Servicios intracomunitarios recibidos Clave I del 349
Casilla 59 Entregas intracom. exentas Claves E + S del 349

Modelo 390 (resumen anual IVA)

Los totales anuales del 390 deben cuadrar con la suma de todos los 349 del ejercicio.

Modelo 347 (operaciones con terceros)

Las operaciones intracomunitarias no se incluyen en el modelo 347. Este es exclusivamente para operaciones nacionales que superen 3.005,06 € anuales con un mismo cliente/proveedor.


Referencias legales

Este artículo tiene carácter informativo. Para tu situación específica, consulta con un asesor fiscal.

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