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Impuestos en servicios B2B y B2C

Impuestos8 de febrero de 202510 min de lectura
Impuestos en servicios B2B y B2C

Prestas servicios: las reglas cambian según quién sea tu cliente

Cuando vendes servicios, el impuesto que aplicas depende de si tu cliente es una empresa (B2B) o un consumidor final (B2C). Aquí te explicamos la diferencia con ejemplos prácticos.


Si tu negocio vende servicios —consultoría, diseño, formación, asesoría, desarrollo de software— las reglas de localización son diferentes a las de los productos físicos.

Y hay una distinción fundamental que debes conocer:

  • Servicios B2B (a otra empresa): se localizan donde está el cliente
  • Servicios B2C (a un consumidor final): se localizan donde estás tú

Esta diferencia puede cambiar completamente el impuesto que debes aplicar.

Servicios B2B: el impuesto sigue al cliente

Cuando prestas un servicio a otra empresa o profesional, el lugar de realización es donde está establecido tu cliente.

Esto significa que si eres un consultor en Barcelona y prestas servicios a una empresa en Las Palmas, la operación no se localiza en Barcelona. Se localiza en Canarias.

Referencia legal: Art. 69.Uno.1º Ley 37/1992 del IVA · Art. 17 Ley 20/1991 del IGIC

Caso 1: Servicio desde Península a empresa en Canarias

Situación:
Elena es diseñadora gráfica en Valencia. Una empresa de marketing en Tenerife le contrata para crear su nueva imagen corporativa.

¿Qué impuesto aplica Elena?

IGIC. Aunque Elena está en Valencia (territorio IVA), la operación se localiza en Canarias porque su cliente está allí.

Elena debe repercutir IGIC en su factura y declarar la operación en los modelos canarios (420/425), no en el Modelo 303.

Factura:

  • Precio base + IGIC (7% tipo general)
  • Se declara en modelo IGIC, no en modelo IVA

⚠️ Importante: Para poder repercutir IGIC, Elena necesita darse de alta en el censo de la Agencia Tributaria Canaria.

Caso 2: Servicio desde Canarias a empresa en Península

Situación:
Carlos es programador freelance en Las Palmas. Una startup de Madrid le contrata para desarrollar una aplicación móvil.

¿Qué impuesto aplica Carlos?

Ninguno en su factura. La operación se localiza en Península (donde está el cliente), pero Carlos no repercute IVA.

En su lugar, se aplica la inversión del sujeto pasivo: es el cliente en Madrid quien debe autorrepercutirse el IVA en su propia declaración.

Factura de Carlos:

  • Solo precio base
  • Leyenda: "Operación no sujeta. Inversión del sujeto pasivo conforme al art. 84.Uno.2º LIVA"
  • No se incluye en modelos IGIC como operación sujeta

Referencia legal: Art. 84.Uno.2º Ley 37/1992 del IVA – Inversión del sujeto pasivo

Caso 3: Servicio desde Península a empresa en Península

Situación:
Marcos es consultor financiero en Bilbao. Una empresa industrial de Zaragoza le contrata para optimizar su tesorería.

¿Qué impuesto aplica Marcos?

IVA al 21%. Tanto Marcos como su cliente están en territorio IVA. Es una operación normal.

Factura:

  • Precio base + IVA (21%)
  • Se declara en el Modelo 303

Servicios B2C: el impuesto sigue al prestador

Cuando prestas un servicio a un consumidor final (un particular que no actúa como empresa), las reglas cambian. El lugar de realización es donde estás tú, salvo excepciones.

Referencia legal: Art. 69.Uno.2º Ley 37/1992 del IVA · Art. 17 Ley 20/1991 del IGIC

Caso 4: Servicio desde Canarias a particular en Península

Situación:
Ana es coach personal en Gran Canaria. Un particular de Sevilla contrata sus sesiones de coaching online.

¿Qué impuesto aplica Ana?

IGIC. Aunque su cliente está en Sevilla, Ana presta el servicio desde Canarias. En servicios B2C, la operación se localiza donde está el prestador.

Factura:

  • Precio base + IGIC (7%)
  • Se declara en modelos IGIC (420/425)

Caso 5: Servicio desde Península a particular en Canarias

Situación:
Jorge es profesor particular de inglés en Madrid. Da clases online a un estudiante particular en Lanzarote.

¿Qué impuesto aplica Jorge?

IVA. Aunque su alumno está en Canarias, Jorge presta el servicio desde Madrid. La operación se localiza en territorio IVA.

Factura:

  • Precio base + IVA (tipo reducido 10% para formación, si aplica, o exento según el caso)
  • Se declara en el Modelo 303

La excepción importante: servicios vinculados a inmuebles

Hay una regla especial que aplica tanto a B2B como a B2C: los servicios relacionados con inmuebles se localizan siempre donde está el inmueble.

Esta regla afecta a:

  • Alojamiento turístico
  • Alquileres vacacionales
  • Servicios de arquitectura
  • Reformas y construcción
  • Administración de fincas
  • Servicios de limpieza de inmuebles

Referencia legal: Art. 70.Uno.1º Ley 37/1992 del IVA · Art. 18 Ley 20/1991 del IGIC

Caso 6: Alquiler vacacional

Situación:
Lucía, residente en Madrid, tiene un apartamento en Tenerife que alquila a turistas.

¿Qué impuesto aplica Lucía?

IGIC. No importa que Lucía viva en Madrid. El inmueble está en Canarias, así que la operación se localiza allí.

Otros ejemplos de esta regla:

  • Apartamento en Mallorca → IVA (Baleares es territorio IVA)
  • Villa en Fuerteventura → IGIC
  • Vivienda en Ceuta → IPSI

Resumen: B2B vs B2C

Tipo de cliente Dónde se localiza Ejemplo
B2B (empresa) Donde está el cliente Consultor en Madrid → cliente empresa en Tenerife = IGIC
B2C (particular) Donde está el prestador Coach en Canarias → particular en Madrid = IGIC
Inmuebles (siempre) Donde está el inmueble Propietario en Madrid → alquiler en Tenerife = IGIC

Cómo saber si tu cliente es B2B o B2C

La diferencia clave es si tu cliente actúa como empresa o profesional:

Es B2B si el cliente:

  • Tiene un NIF empresarial (que empieza por letra) o está dado de alta como autónomo
  • Te pide factura con su NIF para deducir el gasto
  • Actúa en el marco de su actividad económica

Es B2C si el cliente:

  • Es un particular sin actividad económica
  • No necesita la factura para deducir
  • Consume el servicio a título personal

💡 Consejo práctico: Cuando tengas dudas, pide a tu cliente que te indique si necesita factura con NIF empresarial. Eso te dirá cómo clasificar la operación.

Lo que debes recordar

  • En servicios B2B, el impuesto depende de dónde está tu cliente
  • En servicios B2C, el impuesto depende de dónde estás tú
  • Los servicios vinculados a inmuebles siempre tributan donde está el inmueble
  • La inversión del sujeto pasivo aplica cuando prestas servicios B2B desde Canarias a Península (y viceversa, en algunos casos)
  • Siempre incluye la leyenda fiscal correcta cuando no repercutas impuesto

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal. Consulta con un profesional para tu situación particular.

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