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Errores comunes al rellenar el modelo 390 de IVA

Modelos fiscales14 de agosto de 20259 min de lectura
Errores comunes al rellenar el modelo 390 de IVA

Errores comunes en el modelo 390 (resumen anual de IVA)

Cómo evitar descuadres y problemas con la declaración anual


El modelo 390 es el resumen anual del IVA que cierra el ejercicio fiscal. En teoría, debería ser la suma de tus cuatro modelos 303 trimestrales. En la práctica, es donde afloran todos los errores que arrastramos durante el año.

Veamos los fallos más frecuentes y cómo evitarlos.

¿Qué es el modelo 390?

El modelo 390 es una declaración informativa anual que resume todas las operaciones de IVA del ejercicio. No implica pago adicional (ese se hace con el 303 del 4T), pero permite a Hacienda verificar la coherencia de tus declaraciones trimestrales.

📎 Fuente legal: Orden EHA/3111/2009 - Modelo 390

Plazo de presentación

Del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio.

  • Ejercicio 2024: Se presenta en enero de 2025
  • Coincide con el plazo del 303 del 4T

📎 Presentación: Modelo 390 - Sede AEAT

¿Quién está obligado?

Todos los sujetos pasivos del IVA deben presentar el 390, excepto:

  • Quienes presenten el SII (Suministro Inmediato de Información): están exentos del 390
  • Actividades incluidas exclusivamente en el régimen simplificado
  • Arrendadores que solo tributan por arrendamiento de inmuebles

Error 1: El 390 no cuadra con la suma de los 303

Es el error más frecuente y el que más alarmas genera en Hacienda.

Por qué ocurre

  • Errores al rellenar algún 303 que no se corrigieron
  • Facturas olvidadas que se incluyeron después
  • Facturas rectificativas mal contabilizadas
  • Criterio de devengo aplicado de forma inconsistente

Cómo evitarlo

  1. Antes de hacer el 390, suma las casillas equivalentes de los cuatro 303
  2. Compara esa suma con los importes del 390
  3. Si hay diferencia, revisa dónde está el error
  4. Si el error está en un 303 ya presentado, valora si presentar complementaria

Ejemplo de verificación

Casilla 06 (IVA devengado al 21%)

303-1T: 2.100 €
303-2T: 3.150 €
303-3T: 2.520 €
303-4T: 4.200 €
--------------
Suma:  11.970 €

390 casilla equivalente: 11.970 € ✓ Correcto

Si el 390 muestra 12.500 € y la suma de los 303 da 11.970 €, hay un error de 530 € que debes localizar.

Error 2: No incluir las operaciones del último trimestre

Un despiste habitual: rellenar el 390 con datos solo de los tres primeros trimestres, olvidando que el 4T todavía no se ha presentado cuando empiezas a preparar el 390.

Cómo evitarlo

  • Prepara el 303 del 4T antes que el 390
  • Verifica que las cifras del 390 incluyen octubre, noviembre y diciembre
  • Presenta ambos modelos (303-4T y 390) de forma consecutiva

Error 3: Descuadres en operaciones intracomunitarias

Las adquisiciones intracomunitarias aparecen tanto en el IVA devengado como en el deducible. Si olvidas incluirlas en alguno de los dos lados, el modelo descuadra.

Cómo evitarlo

  • Las adquisiciones intracomunitarias deben aparecer:
    • En el IVA devengado (casillas 10-11 del 303)
    • En el IVA deducible (casillas 32-35 del 303)
  • El importe neto suele ser cero (se cancela), pero debe figurar en ambos lados

Casillas del 390 relacionadas

Casilla 390 Concepto
21-22 Adquisiciones intracomunitarias de bienes
545 Total adquisiciones intracomunitarias
44 IVA deducible por adquisiciones intracomunitarias

Error 4: Olvidar la prorrata

Si realizas operaciones que dan derecho a deducción y otras que no (exentas), debes aplicar la regla de prorrata. El porcentaje definitivo se calcula a final de año.

Cómo evitarlo

  1. Calcula tu prorrata definitiva del ejercicio
  2. Compárala con la prorrata provisional aplicada en los 303
  3. Si hay diferencia, haz la regularización en el 390 (y en el 303 del 4T)

Casillas afectadas

  • Casilla 43: Porcentaje de prorrata
  • Casilla 44: Regularización de cuotas deducibles

📎 Fuente: Arts. 102-106 de la Ley del IVA

Error 5: Regularización de bienes de inversión incorrecta

Si tienes bienes de inversión (activos > 3.005,06 € con vida útil > 1 año), debes regularizar su IVA durante 5 años (10 años para inmuebles) si cambia tu porcentaje de deducción.

Cómo evitarlo

  • Lleva un registro de bienes de inversión
  • Cada año, compara la prorrata del año de adquisición con la del ejercicio actual
  • Si la diferencia supera 10 puntos porcentuales, regulariza

Casillas del 390

  • Casillas 48-49: Regularización de bienes de inversión
  • El ajuste puede ser positivo (más IVA a ingresar) o negativo (más IVA a deducir)

Error 6: Datos identificativos incorrectos

Parece básico, pero errores en el NIF, razón social o epígrafe de actividad pueden causar rechazos o requerimientos.

Campos a verificar

  • NIF correcto
  • Nombre o razón social exacto (como figura en el censo)
  • Epígrafes de actividad actualizados
  • Domicilio fiscal vigente
  • Régimen de tributación correcto (general, simplificado, etc.)

Error 7: No declarar operaciones específicas

El 390 incluye apartados informativos que a veces se ignoran:

Apartado de actividades

Debes desglosar los ingresos por epígrafe de actividad. Si has añadido o quitado epígrafes durante el año, refléjalo.

Operaciones específicas (apartado 5)

  • Exportaciones y entregas intracomunitarias exentas
  • Operaciones con inversión del sujeto pasivo
  • Operaciones en régimen especial de bienes usados
  • Operaciones de agencias de viajes

Prorratas especiales (apartado 6)

Si aplicas prorrata especial por sectores diferenciados, decláralo correctamente.

Error 8: Compensaciones de ejercicios anteriores mal arrastradas

Si en el ejercicio anterior te quedó un saldo a compensar (no pediste devolución), ese saldo debe arrastrarse correctamente al ejercicio actual.

Cómo verificarlo

  1. Revisa el resultado del 303-4T del ejercicio anterior
  2. Si fue negativo y no pediste devolución, ese es tu saldo a compensar
  3. Debe coincidir con la casilla 67 de tu primer 303 del ejercicio actual

Error 9: IVA de importaciones no reflejado

El IVA pagado en aduanas por importaciones debe aparecer en el 390 como IVA soportado deducible (si tienes derecho).

Casillas afectadas

  • Casillas 36-39 del 303: Importaciones de bienes corrientes y de inversión
  • Casillas equivalentes en el 390

Documentación necesaria

  • DUA (Documento Único Administrativo) de cada importación
  • Justificante de pago del IVA de importación

Error 10: No presentar el 390 por estar exento incorrectamente

Algunas personas creen estar exentas del 390 cuando no lo están.

Recuerda

  • El SII sí exime del 390
  • La estimación objetiva sola no exime (salvo que sea exclusivamente régimen simplificado de IVA)
  • Realizar operaciones exentas no te exime de presentar el 390

Checklist antes de presentar el 390

✅ Suma las casillas de los cuatro 303 y compara con el 390

✅ Verifica que las operaciones intracomunitarias cuadran (devengado = deducible)

✅ Revisa la prorrata y haz la regularización si procede

✅ Comprueba la regularización de bienes de inversión

✅ Verifica los datos identificativos (NIF, actividades, domicilio)

✅ Incluye todas las operaciones específicas (exportaciones, ISP, etc.)

✅ Confirma el saldo a compensar del ejercicio anterior

✅ Revisa las importaciones y su IVA deducible

Cómo corregir errores después de presentar

Si detectas errores en el 390

Presenta una declaración sustitutiva que reemplaza a la original.

Si el error está en un 303

Presenta una complementaria del trimestre afectado. Si el error cambia el resultado del 390, presenta también sustitutiva del 390.

⚠️ Importante: Una complementaria del 303 que aumenta el IVA a ingresar puede generar recargos si se presenta fuera de plazo.

Conclusión

El modelo 390 es tu última oportunidad para verificar que todo el IVA del año está bien declarado. Los errores más frecuentes se evitan con una simple verificación:

  1. Suma los 303 y compara con el 390
  2. Revisa operaciones especiales (intracomunitarias, ISP, prorrata)
  3. Verifica datos identificativos y actividades
  4. Comprueba compensaciones de ejercicios anteriores

Dedica un par de horas a cuadrar antes de presentar. Es mucho más fácil que responder a un requerimiento de Hacienda meses después.


Referencias legales:

  • Orden EHA/3111/2009 - Modelo 390
  • Ley 37/1992 del IVA - Régimen general
  • Modelo 390 - Sede AEAT

Nota: Este artículo tiene carácter informativo. Para situaciones complejas, consulta con un asesor fiscal.

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